Debido a la crisis Es común encontrarse con
anuncios donde las empresas ofrecen trabajo siempre que uno se de alta como
autónomo. Mientras que los trabajadores pierden derechos, las empresas buscan
reducir sus presiones fiscales. De esta forma aparece la figura del falso autónomo, un trabajador normal y
corriente ‘camuflado’ de autónomo. Pero, en ¿qué consiste exactamente? ¿Cómo se
debe actuar ante una situación así?
Antes de continuar debo recalcar que esta
situación es ilegal, por lo que
puede y debe ser denunciada. Aunque no debe confundirse con el autónomo TRADE
(Trabajador Autónomo Dependiente de Empresa) que sí es una figura legal.
Por decirlo de un una forma sencilla, un falso
autónomo es un trabajador normal al que la empresa sólo le ha dado la
posibilidad de trabajar dándose de alta en el régimen de autónomos. En algunos casos se firma con la empresa un contrato mercantil, podéis ver más información aquí
Muchos trabajadores aceptan este tipo de
acuerdos por ignorancia, necesidad o miedo a perder su empleo; pero al hacerlo
lo que logran es perder derechos: vacaciones pagadas, bajas médicas, no tienen
derecho a indemnización por despido, no tiene salario mínimo… Y no sólo pierden
derechos, sino que ganan en obligaciones porque tienen que pagar la cotización
como autónomo, declarar el IVA y el IRPF. Importantísimo señalar que tampoco
tienen derecho a cobrar el paro, a no ser que hayan cotizado voluntariamente
por cese de actividad. En resumen, son todo desventajas para el trabajador.
En cambio la empresa sólo obtiene ventajas de
este tipo de arreglos. Para empezar no tiene que pagar las cotizaciones del
trabajador, ni sus bajas médicas, ni sus vacaciones… y puede desgravarse el IVA
del ‘sueldo’ que le paga al autónomo (que para cobrar debe emitir facturas). El
despido es totalmente libre, no tiene que pagarle indemnización al trabajador
ni tiene porque avisarle con antelación.
En definitiva, el empresario sólo obtiene beneficios y además no asume
ningún riesgo.
Por si aún quedasen dudas de cuándo se es un
falso autónomo podemos recurrir a la norma establecida por el Tribunal Supremo
que dice que una relación es laboral cuando tenga estas características:
voluntariedad, a cambio de pago, dependencia y ajenidad. Sobre todo hace
hincapié en las dos últimas, que parecen ser la clave para demostrar la
relación laboral.
Como ya he dicho antes, esto es un fraude y los
trabajadores pueden denunciarlo. Personalmente os recomiendo que busquéis
asesoramiento de un sindicato o abogado, ellos os orientaran sobre que pruebas
tenéis que reunir para demostrar esta situación. Importante, si estáis
trabajando que vuestro jefe no se entere porque seguramente os despedirá. En
caso de que ya os haya despedido tenéis sólo 20 días hábiles para denunciar.
Sólo denunciando la situación podréis tener una indemnización, cobrar la
prestación por desempleo, que os reconozcan la antigüedad y que os contraten
como es debido u os devuelvan vuestro puesto de empleo.
Antes de finalizar esta entrada quiero decir que
se de primera mano que la situación laboral en España es difícil, que muchas
veces ante la opción de no encontrar trabajo estamos dispuestos a aceptar
cualquier cosa. No me considero con el derecho de juzgar a nadie, pero quiero
que os deis cuenta de que esto va más allá de un trabajo, que cada vez que
alguien acepta este tipo de acuerdo estamos retrocediendo un pasito en nuestros
derechos como trabajadores y provocando que más empresarios asuman esta
práctica como algo habitual.
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